¿Qué es la PTU y quién tiene derecho en 2026?
La PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades) es el reparto del 10% de la utilidad fiscal (renta gravable) de una empresa entre sus trabajadores. Es un derecho constitucional (artículo 123 de la Constitución) que el Art. 117 LFT desarrolla, regulado por los artículos 117 al 131 de la Ley Federal del Trabajo. Cada año, las empresas que tuvieron utilidades deben repartir esa parte entre quienes ayudaron a generarlas.
La fórmula del reparto la establece el Art. 122 LFT: el monto total a repartir se divide en dos mitades iguales; la primera se reparte por igual entre todos los trabajadores tomando en cuenta los días laborados en el año, y la segunda en proporción al monto del salario percibido. Esto evita que la PTU se concentre solo en los puestos altos o solo en los antiguos.
Tienen derecho prácticamente todas las personas que trabajaron durante el ejercicio. No participan (Art. 127 LFT): los directores, administradores y gerentes generales; los trabajadores del hogar; y los trabajadores eventuales que laboraron menos de 60 días en el año. Las empresas de nueva creación durante su primer año tampoco están obligadas a repartir.
Cómo se reparte la PTU: 50% por días y 50% por salarios
El monto total a repartir se divide en dos partes iguales (Art. 123 LFT). Cada mitad se reparte con un criterio distinto, y la suma de ambas es tu PTU:
Primera mitad: por días trabajados
Esta mitad se reparte según los días que trabajó cada persona, sin importar cuánto gana. Se obtiene un "factor de días" y se multiplica por tus días:
Factor de días = (Monto ÷ 2) ÷ total de días de la plantilla
Segunda mitad: por salarios devengados
Esta mitad se reparte en proporción a los salarios que ganó cada quien en el año. Aquí "salario" es tu cuota diaria: no cuentan las horas extra ni las gratificaciones (Art. 124 LFT).
Factor de salario = (Monto ÷ 2) ÷ total de salarios de la plantilla
Topes de la PTU y fechas límite de pago 2026
Desde la reforma de 2021, tu PTU tiene un tope máximo (Art. 127, fracción VIII LFT): el resultado más favorable entre tres meses de tu salario y el promedio de la PTU que recibiste en los últimos tres años. Si eres trabajador nuevo y no tienes ese historial, aplica solo el tope de tres meses. Si la empresa te pagara más que el tope, ese excedente ya no se considera PTU, sino un bono gravable normal.
Sobre las fechas de pago: la PTU 2026 corresponde a las utilidades del ejercicio 2025 y debe pagarse dentro de los 60 días posteriores a la declaración anual. En la práctica, las personas morales (la mayoría de las empresas) deben pagarla a más tardar el 30 de mayo de 2026, y las personas físicas con actividad empresarial, a más tardar el 29 de junio de 2026.
Preguntas frecuentes
¿La PTU paga ISR?+
Sí, pero los primeros 15 UMA ($1,759.65 en 2026) están exentos de ISR (Art. 93 LISR). Solo el excedente paga impuesto, calculado con el método del Art. 174 del Reglamento de la LISR. Si tu PTU es menor a $1,759.65, no pagas nada de ISR.
¿Cuándo me pagan la PTU 2026?+
Las personas morales (empresas) deben pagar a más tardar el 30 de mayo de 2026; las personas físicas con actividad empresarial, el 29 de junio de 2026. Corresponde a las utilidades del ejercicio fiscal 2025.
¿Cuentan mis días de incapacidad?+
Sí cuentan como días trabajados las incapacidades por riesgo de trabajo y los periodos de maternidad (prenatal y postnatal), además de los permisos con goce de sueldo. En cambio, las incapacidades por enfermedad general y los permisos sin goce no se cuentan.
¿Hay un límite a lo que me pueden dar de PTU?+
Sí. Tu PTU tiene como tope el monto más favorable entre 3 meses de tu salario y el promedio de tu PTU de los últimos 3 años (Art. 127-VIII LFT). El tope de 3 meses aplica aunque no hayas trabajado el año completo.